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Qué puede mostrar la web de tu notaría, sección por sección

Última actualización: octubre de 2026

Ya vimos que el Reglamento Notarial permite informar y prohíbe publicitar. La pregunta que queda es más concreta: ¿qué significa eso en cada sección real de la web? Esta guía recorre las secciones típicas de una notaría —inicio, trayectoria, trámites, contacto— y qué va en cada una.

Inicio

✓ Nombre de la notaría, ubicación y una frase clara de qué resuelve (compraventas, herencias, poderes, actas).

✓ Acceso directo a cómo pedir cita.

✗ Titulares de venta ("la notaría de confianza de la ciudad"), cualquier frase que suene a eslogan comercial.

Quién soy / trayectoria

✓ Nombre del titular, número de colegiado, años de ejercicio, formación y especializaciones si las hay.

✓ Una foto real del notario o del despacho.

✗ Comparaciones con otros notarios, menciones de "experiencia superior" sin un hecho concreto detrás.

Trámites que cubre

✓ Una lista clara de los trámites que se gestionan: compraventas, préstamos hipotecarios, herencias, poderes, actas, constitución de sociedades.

✓ Una explicación breve de qué incluye cada trámite, en lenguaje llano.

✗ Promesas de rapidez o precio ("el trámite más económico", "resultados en 24 horas") que suenen a oferta comercial.

Equipo

✓ Quiénes forman parte del despacho y su rol —relevante si hay varios notarios o personal de atención.

✗ Testimonios de clientes atribuidos al equipo, aunque sean reales: es terreno gris que conviene evitar.

Contacto

✓ Dirección, teléfono, horario de atención, formulario o enlace directo para pedir cita.

✓ Mapa de ubicación.

✗ Nada que evitar aquí: es la sección más objetiva de toda la web.

Preguntas frecuentes

✓ Respuestas informativas sobre documentación necesaria, plazos habituales, cómo funciona un trámite.

✗ Preguntas armadas para destacar ventajas frente a otros notarios ("¿por qué elegirnos?").

El criterio general, para cuando aparece un caso que no está en esta lista

Si una sección nueva genera dudas, la pregunta que la resuelve es siempre la misma: ¿esto describe un hecho objetivo sobre la notaría, o intenta convencer a alguien de elegirla frente a otra? Lo primero es informar. Lo segundo es publicidad, y el Reglamento Notarial la prohíbe de forma expresa.

Ver la base legal completa del Reglamento Notarial →

Esto es una guía práctica de criterio general, no asesoramiento legal. Antes de publicar contenido nuevo, conviene confirmar con tu Colegio Notarial las normas de publicidad vigentes, que pueden actualizarse.

Preguntas frecuentes

¿Puedo mostrar reseñas o testimonios de clientes?+

Es terreno gris: un testimonio puede leerse como información objetiva o como captación, según cómo esté escrito. Lo más seguro es evitarlos y dejar que la claridad de la información haga el trabajo.

¿Puedo mostrar el precio de los trámites?+

Los aranceles notariales están fijados por ley y son iguales en todas las notarías, así que no hay nada que "competir" en precio. Mostrar que existe un arancel fijo es informar; sugerir que el tuyo es más barato no tendría sentido y probablemente cruzaría la línea.

¿Esta guía reemplaza confirmar con mi Colegio Notarial?+

No. Es una guía práctica de criterio general; las normas de publicidad pueden variar o actualizarse según el Colegio Notarial correspondiente.

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